Dictamen Fiscal Nº 1390
Fecha: 07/06/2024
Voces:
Empleo público – Licencias – Licencia por Día Femenino - Alcance
- [Alcance] En Argentina, el “día femenino” no está regulado a nivel nacional. La Ley N° 20.744 de Contrato de Trabajo no contempla licencias especiales para las mujeres en días de menstruación, aunque sí lo hacen algunos Convenios Colectivos de Trabajo y legislaciones provinciales.
En el caso de nuestra Provincia, la Ley N° 9.056 lo incorporó a la Ley N° 5.473 (Estatuto del Empleado Público), como inciso 9) de su artículo 27 (“Los agentes podrán gozar de las siguientes licencias con los alcances, condiciones y plazos que determine la reglamentación: 9. Licencia por “Día Femenino”).
La licencia del artículo 27 inciso 9) de la Ley N° 5.473 (modificado por la Ley N° 9.056) debe ser otorgada a las mujeres cisgénero y a las transgénero, en este último caso siempre que hayan ejercido el derecho a su identidad femenina asentada en el DNI conforme las previsiones de la Ley N° 26.743.