Dictamen Fiscal Nº 170
Fecha: 03/02/2021
Voces:
Renuncia condicionada de magistrado – Ley aplicable – Competencia de la ANSES – Actividad reglada del Poder Ejecutivo
Doctrina:
- [Ley aplicable] El artículo 161 de la Ley N° 24.241 dispone: "el derecho a las prestaciones se rige en lo sustancial, salvo disposición expresa en contrario: a) para las jubilaciones, por la ley vigente a la fecha del cese en la actividad o a la solicitud, lo que ocurra primero, siempre que el peticionario sea acreedor a la prestación...".
Dictamenes Vinculados: Dictamen N° 23 del 06/01/2022